Río Negro modificó su Código Procesal Penal y ahora permite la privación de la libertad para quienes incumplan las medidas de restricción impuestas en razón de violencia de género.
La Legislatura de Río Negro modificó el Código Procesal Penal (Ley 5020) para endurecer los supuestos de prisión preventiva en los casos de violencia de género, lo que permitirá al juez penal decretar la prisión preventiva ante los incumplimientos de medidas dispuestas por una jueza o juez de cualquier otro fuero. Por ejemplo se podrá detener a quienes violen una prohibición de acercamiento o exclusión del hogar.
Los legisladores autores del proyecto convocaron al Colegio de Magistrados y Funcionarios de Río Negro para que efectúen aportes al proyecto que finalmente obtuvo dictamen favorable y fue aprobado por unanimidad.
Andrea Tormena, presidenta del Colegio de Magistrados de la provincia explicó: «Si bien sabemos que esta modificación del Código Procesal Penal no soluciona la cuestión de fondo ni mucho menos, sí constituye una herramienta fundamental de disuasión respecto de los victimarios porque ya existe una posibilidad concreta de privación de la libertad y también, por otra parte, es una especie de incentivo a la víctima porque tiene la posibilidad de saber que su denuncia no va a ser en vano, sino que va a existir una herramienta concreta para la detención inmediata del acusado».