La lucha de las mujeres ocupó un lugar central en la recuperación democrática en nuestro país. Con la ayuda de expertas nacionales e internacionales vamos a ir hilvanando las conquistas sociales y de derechos impulsadas por los movimientos de mujeres y diversidades a lo largo de los 40 años de nuestra joven democracia. Los pilares de Memoria, Verdad y Justicia se construyeron de la mano de mujeres que salieron a la calle para reclamar la aparición con vida de sus hijos, hijas, nietos y nietas. Cuatro décadas de democracia ininterrumpida y el movimiento de mujeres organizado avanzó en la conquista de derechos que son un ejemplo en la región y el mundo.
Desde la restauración de la democracia en 1983 la sociedad argentina ha logrado diversas conquistas en materia de derechos para la promoción de la igualdad de género y el respeto a la diversidad sexual. El feminismo de los años 80’ estuvo, desde sus inicios, relacionado estrechamente con la lucha de Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, participando activamente en manifestaciones y reclamos. Tal es así que el 8 de marzo de1985, en el acto por el día de la mujer, la Multisectorial de la Mujer reclamó por “la aparición con vida de las personas detenidas desaparecidas, el juicio y castigo a los culpables; y la restitución de los niños secuestrados a sus legítimas familias”.
“En 1982 fue creada la Asociación de Trabajo y Estudio de la Mujer (ATEM) y en 1983 se construyeron Lugar de Mujer, Prisma (hoy Programa de Investigación sobre la Mujer Argentina) y el tribunal de violencia contra la mujer que usó -tempranamente- el concepto de feminicidio. También durante estos años se dio la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés). Durante los siguientes años siguieron creándose distintas organizaciones y publicaciones emblemáticas, y en 1986 comenzó a organizarse el Encuentro Nacional de Mujeres que continúa hasta la actualidad”, explica Olivia Sokol profesora de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Antropológicas, becaria del CONICET.
Otro hito en la historia de las mujeres organizadas lo protagonizó el Nucleamiento de Mujeres Políticas (NMP, fundado en 1971 y disuelto en 1985). “El 1 de febrero de 1984 el NMP se reunió con el Ministro del Interior para fundamentar el pedido de la creación de la Secretaría de la Mujer, dependiente de la Presidencia de la Nación. EI 8 de marzo realizó un acto en la Plaza de Mayo, en ocasión del Día de la Mujer, siendo oradora la diputada Florentina Gómez Miranda (UCR), quien reitera el reclamo por la creación de la Secretaría de la Mujer. Asistieron al acto ministros y secretarios de Estado, autoridades legislativas y de partidos políticos. El último e importante acontecimiento producido por el NMP fue el Seminario que organizó, junto con el Centro de Informaciones de Naciones Unidas, sobre “La Secretaría de la Mujer y la Ratificación de la CEDAW”, narra Susana Pérez Gallart, Licenciada Relaciones Públicas, cofundadora y vicepresidenta de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, responsable de la Secretaría de la Mujer y sus Derechos.
“Las décadas de 1980 y 1990 fueron importantes para el movimiento de mujeres en Argentina, ya que este encontró en la lucha por los derechos humanos un aliado importante para el reconocimiento de la igualdad de género como un derecho humano esencial. La articulación entre ambas agendas permitió visibilizar las problemáticas de género en la esfera pública y generar un proceso de concientización social y político que sentó las bases para la conquista de nuevos derechos y renovados reclamos a 40 años de la vuelta a la democracia”, recuerda Olivia Sokol.
Por su parte, Norma Allegrone, notaria, abogada, profesora universitaria, ex diputada nacional por la UCR manifiesta: “Quiero recalcar las leyes que cambiaron la vida y el rumbo de muchos de los argentinos: Patria Potestad Compartida, Igualdad de Hijos Matrimoniales y Extra-Matrimoniales, Divorcio Vincular”.
Cabe destacar un acontecimiento fundamental para las mujeres: La creación del Consejo Nacional de la Mujer (CNM) el 8 de marzo de 1991. “Fue pionero a nivel nacional como organismo jerarquizado dependiendo directamente de la Presidencia de la Nación. En el período de su constitución y consolidación (1991-1995) legitimó el tratamiento de las cuestiones de género en todas las áreas del Estado, avanzó en políticas públicas integrales a través de planes de igualdad, instaló cuestiones invisibilizadas en la agenda social y garantizó reformas legales que hoy están vigentes. Fue una experiencia potente en cuanto a la incidencia de políticas a favor de las mujeres; desde la ley de cupos, la inclusión de normas de acción positiva en la Constitución reformada, los programas de igualdad de oportunidades en la educación y el empleo, el decreto de acoso sexual, la primera ley de protección contra la violencia familiar, las campañas por la democratización de las responsabilidades familiares, hasta la apertura del debate sobre el aborto, entre otros logros” cuenta Virginia Franganillo, ex presidenta del Consejo Nacional de la Mujer. Directora del Observatorio de Género y Pobreza y del Parlamento de las Mujeres de la Legislatura Porteña.
En 1997, fue sancionada la ley que permite la incorporación de las amas de casa al sistema previsional – y de hecho es relativamente más importante el número de mujeres que han accedido en estos últimos años al derecho jubilatorio. En 1998, se estableció la norma que considera discriminatorio el despido por razones de sexo u orientación sexual, y vio la luz el decreto que fijó el Plan de Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres, base para la acción de la Comisión Tripartita – Estado, sindicatos y patronales – con sede en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuyo cometido es propender a la equidad de género en el mercado laboral.
Para Dora Barrancos, socióloga, Doctora en Historia, Investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) las reformas fundamentales para la vida de las mujeres ya en democracia, fueron la obtención del divorcio vincular en 1987, y la ley de la patria potestad compartida, sancionada en 1985. “No puede dudarse del impacto de estas decisiones en el camino de la independencia femenina”.
“La reforma constitucional de 1994 posibilitó que un conjunto de derechos igualitarios estuviera garantizado, y aunque estamos lejos de su entero cumplimiento, representan avances muy importantes. El artículo 37 introdujo la reforma del “cupo femenino”, el art. 75 faculta la gestación de normas que posibiliten la igualdad de oportunidades en las familias, y el art. 23 sostiene que la Cámara de Diputados puede crear mecanismos de “acción positiva” para promover a las mujeres. Esto significa que se pueden sancionar medidas legales que contribuyan a la equidad de género, “discriminando positivamente” a las mujeres toda vez que se advierte que es incompleta su ciudadanía ya que no se cumple la universalidad prescripta por la ley.
La “ley de cupo”, para Barrancos, “aumenta la ciudadanía femenina”. “La norma indica que ese piso del 30% debe contemplar las candidaturas femeninas en lugares expectables. En estas décadas el número de legisladoras se ha ampliado hasta por encima de la tasa fijada, y a pesar de que no han faltado críticas a las manipulaciones del cupo por parte de maridos, amantes, padres y otros varones protectores – como si se tratara de condicionantes que sólo padecen las mujeres-, cada vez más se confirma lo acertado de la medida. Sin duda, la ley de cupo – o de cuotas, como se prefiere enunciar en la región latinoamericana -, ha permitido conformar “carreras políticas”, especialmente dificultosas para las mujeres debido al régimen generizado que condiciona el empleo del tiempo y la división de esferas. Exámenes más recientes de las contribuciones efectuadas por las mujeres, permiten sostener la hipótesis de que su voto ha sido decisivo en la ampliación de derechos, que su determinación ha permitido la ampliación de las prerrogativas civiles y que en general, han acentuado las posibilidades de ampliar la ciudadanía (Archenti y Tula, 2012)”, argumenta Dora Barrancos.
Para Barrancos, la ley de cupo ya es insuficiente. “Es necesario admitir que el “cupo” ya cumplió su etapa: ha llegado el tiempo de la paridad, de la igualación de las cuotas, y las listas deben componerse con no menos del 50% de cada sexo. ¿No representan las mujeres más de la mitad de la ciudadanía? Las fuerzas políticas por lo general están compuestas por partes iguales de varones y mujeres, y deberían ser obligadas a modificar sus estatutos para dar lugar también a la paridad”.
El 1 de abril de 2009, luego de un debate fundamental para la lucha por los derechos de las mujeres el Congreso de la Nación Argentina, promulgó la “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, (Ley 26.485). Se trata de una norma de orden público, trasversal a todas las ramas del derecho y responde a la obligación internacional del Estado Argentino de adoptar todas las medidas posibles para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
La norma dio un paso firme en la erradicación de la violencia para dar una respuesta efectiva y coordinada. En ese marco, Argentina ya había dado un paso firme al ser Estado firmante de las convenciones conocidas como “CEDAW” y “Belem Do Pará”, con la adopción de la Ley 26.485.
La sanción de esta ley significó un cambio de paradigma en el abordaje de la violencia de género en el país que lo ubicó entre aquellos que dieron el paso hacia legislaciones de segunda generación, luego de una primera década concentrada en la violencia doméstica de la que las mujeres siguen siendo las principales víctimas.
A partir del año 2000, las mujeres comenzaron a organizarse y visibilizar problemáticas como la violencia, el acoso sexual, la brecha salarial y la falta de acceso a derechos reproductivos. En los últimos años, el movimiento feminista en Argentina ha logrado importantes y nuevos hitos en la lucha por la igualdad y los derechos humanos, como la aprobación de la Ley de Identidad de Género en 2012, la sanción de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en 2020 y la creación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad en 2019.
Siguiendo las reflexiones de Dora Barrancos, “debemos celebrar dos nuevos derechos que tienen significado para todos los géneros: el matrimonio igualitario (2010) y la ley de identidad de género (2012). Las identidades homosexuales, lésbicas, travestis, transsexuales, transgéneros, intergéneros, obligaron a escudriñar la falta de reconocimiento y de ciudadanía, un castigo que se infringía en nombre de una prescripción moral que ha querido ligarse a la biología, como si la “naturaleza” pudiera dictar los códigos valorativos humanos. La igualdad humana supone el reconocimiento de las diferencias, condición esencial para una sociedad democrática que no se concibe sin el más completo respeto a la diversidad. Subrayamos la excepcionalidad de nuestro país en materia de reconocimiento del género que las personas invocan”.
A fines del 2012, se modificó sustancialmente la ley que combate la trata, fenómeno que se vivió especialmente a inicios del siglo pasado y que necesita urgente erradicación. Ese mismo año, otra modificación de enorme significado fue la reforma del artículo 80 del Código Penal dando lugar a la figura del “femicidio”. Esta norma introdujo la pena de reclusión o prisión perpetua para quien mata a un ascendiente, descendiente, cónyuge “o a la persona con quien se mantiene o se ha mantenido una relación de pareja, mediare o no violencia”. Se incluye en el inciso 4º como aspectos nuevos de la motivación del crimen, el “odio de género, o a la orientación sexual, identidad de género o a su expresión”. Y los incisos 11º y 12º aluden a la perpetración del crimen por parte de un hombre como modo ultimador de violencia de género, en cuyo caso la reclusión es perpetua, y se alude al “propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o se ha mantenido” una relación de pareja. La nueva ley modificatoria del Código Penal elimina la posibilidad de que los jueces hagan lugar a “circunstancias extraordinarias”, mitigadoras de la pena que se mantiene entonces en sus términos máximos.
“Entre las últimas conquistas se encuentra la ley 26.862 conocida como de “fertilidad asistida” de 2013, un importante avance de nuestra legislación en pro de la equidad. Para quienes desean la maternidad – y la paternidad-, y resulta una imposibilidad cumplir ese deseo a través del intercambio sexual, la ley lo hace posible mediante el acceso a técnicas de reproducción. Se trata de una medida claramente redistributiva pues los efectores de salud deben cubrir los costos de las intervenciones. Hasta la sanción de la ley, se trataba de transacciones onerosas para los sectores de menores recursos que en verdad estaban impedidos de ese derecho, subraya Dora Barrancos.
Arribamos así, a estos 40 años de Democracia, con leyes sustantivas para las mujeres y las diversidades: el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que elimina las diferencias discriminatorias que permanecían en el régimen del Código Civil anterior. Se incorporan normas que colaboran a un sistema de mayor igualdad de género, tanto en el ámbito familiar, como social y comercial; la modificación del Código Penal de la Nación que estipula que los delitos contra la integridad sexual cometidos contra menores de edad sin imprescriptibles; la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación incluyendo la privación de responsabilidad parental en caso de femicidio; la paridad de Género en ámbitos de representación política; el Régimen de Reparación Económica para los hijos y las hijas de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar; la Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado; la incorporación como modalidad de violencia a la mujer la ejercida en el espacio público o sea el acoso callejero; el cupo laboral en los cargos del personal del Estado Nacional, para personas travestis, transexuales y transgénero; la aprobación del Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo –Convenio 190–, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo; el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo; la promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero; la implementación del Documento Nacional de Identidad no binario; la incorporación de la Violencia digital como violencia por motivos de género, que aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo; entre otras.
Mundo del Trabajo
Según Nora Goren, Doctora en Sociología, Magister en Ciencias Sociales del Trabajo por la UBA e integrante de la Comisión de Investigaciones Científicas, aún tenemos profundas deudas para las mujeres y diversidades en los ámbitos laborales. “Necesitamos una modificación de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para que las responsabilidades familiares dejen de ser un factor central en la división sexual del trabajo, es necesario adecuar la legislación laboral y de protección social a las reales necesidades de cuidado de la población con mayor corresponsabilidad entre varones y mujeres, entre las familias, el Estado, el mercado y la comunidad, pues la legislación laboral mantiene un sistema de regulación que responde a un trabajador varón desvinculado de las responsabilidades familiares. Por otro lado, los escasos dispositivos de protección y conciliación existentes son destinados a mujeres y están ligados al embarazo, el parto y la lactancia. Lo mismo sucede con la provisión de servicios de cuidado para hijos/as para mujeres trabajadoras”.
Goren insiste en la idea de que la LCT no protege a la mujer trabajadora, sino su función de reproducción social: “Son normas que fueron pensadas en 1974 para el trabajador ideal, varón, y que consideran al trabajo femenino como complementario. Sin embargo, como venimos señalando, en nuestro país, en los últimos años, se han registrado buenas experiencias que avanzan hacia una redistribución igualitaria de las tareas de cuidado que es necesario seguir ampliando hacia su universalización. También es importante destacar que existe un alto grado de disparidad, que depende de la condición asalariada, formal o informal, del sector en el que la persona se desempeñe (público o privado) y de la jurisdicción”.
Se continúa cargando con mayores responsabilidades familiares a las mujeres. “Una lectura de los convenios colectivos de trabajo nos permite ver que los ejes en torno a los cuales introdujeron principalmente modificaciones son los vinculados al tiempo de cuidados. Entre ellos encontramos licencias por maternidad y paternidad, licencias compartidas para el cuidado de hijos/as menores de 18 años, permisos por enfermedad de hijos/as o familiares, por adaptación escolar; entre otras. En relación con un tema sensible, como es el dinero para cuidar, hallamos legislación relativa a transferencias específicas por cantidad de hijos/as, ayuda escolar, kits de inicio de ciclo escolar y ajuar de bienvenida al recién nacido; subsidios de jardín maternal y espacios de primera infancia, entre otras, y servicios de cuidado: centros en espacios de trabajo para hijos/as de trabajadores/as hasta la edad de escolarización obligatoria y lactarios, entre otras”, detalla Goren.
“Consagra el derecho de excedencia (posibilidad de extender la licencia por nacimiento para la mujer) sin sueldo, sin aportes jubilatorios, sin cómputo de antigüedad, lo que tiene luego un impacto en el salario, y solo termina acrecentando la brecha salarial y, en muchos casos, atenta contra relaciones más equitativas al interior de las unidades residenciales. En cuanto a la protección a la maternidad, le asigna a la mujer el rol exclusivo de los cuidados, cuando hoy encontramos, en muchos convenios, cambios sustanciales. Claro está que esto tiene su correlato en los espacios laborales, dado que también moldea la demanda de trabajadores/as para uno u otro puesto, tarea y categoría laboral, por lo que resulta central poder pensar acciones que contemplen los cambios normativos, pero también las prácticas organizacionales”, agrega la doctora en sociología.
Como señala Wendy Brown, filósofa y politóloga estadounidense, los derechos pueden atenuar la subordinación y las violaciones a las que somos vulnerables las mujeres en un régimen social político y económico que aún sigue siendo patriarcal, aun teniendo en cuenta los grandes avances; pero no pueden vencer ni al régimen ni a sus mecanismos de reproducción. No eliminan la dominación masculina aun cuando suavizan algunos de sus efectos, lo cual no pasaría a ser algo menor. No obstante, es central poder ver esto a la luz de los otros logros y de los grandes cambios que se están dando a nivel global.
Reflexiones Finales
Nuestra sociedad ha cambiado sustancialmente desde la recuperación de la Democracia y ha avanzado en estos últimos 40 años en la conquista y consolidación de derechos, aunque no todo lo que desearíamos. Se ha ampliado notablemente la visibilización de la violencia que padecen las mujeres, se ha hecho mucho más intolerable la agresión física y han cambiado ciertos patrones de comunicación de los medios. No obstante, no han cesado los crímenes por razones de género.
Aún hoy, en Argentina, las estadísticas nacionales son desgarradoras: Desde el 1° de enero al 30 de noviembre de 2023, se produjeron 276 femicidios, 4 trans/travesticidios y 22 femicidios vinculados de varones adultos y niños. 354 hijas /hijos quedaron sin madre, el 61 % son menores de edad; el 54 % de los agresores eran parejas o exparejas. El lugar más inseguro para una mujer en situación de violencia continúa siendo su vivienda o la vivienda compartida con el agresor (55 % fueron asesinadas en su hogar), según los últimos datos del Observatorio de Femicidios en Argentina “Adriana Marisel Zambrano” que dirige La Casa del Encuentro.
La impunidad alimenta la perpetuidad de la violencia. Aún hoy las mujeres identidades feminizadas padecen agresiones y vejaciones, las desigualdades y las discriminaciones se acentúan, sobre todo si esas mujeres son negras, pobres, migrantes, campesinas, indígenas, gitanas, musulmanas o tienen una discapacidad.
Las leyes están. Los movimientos de mujeres y diversidades continúan muy activos defendiendo la igualdad, la paridad, la libertad. ¿Qué más debemos hacer? “Es fundamental la acción continuada preventiva que tiene dos cóncavos fundamentales: la vida familiar y las instituciones educativas. Estado y sociedad civil deben hacer esfuerzos infatigables para erradicar todas las formas de agresión contra las mujeres, cuya base es esencialmente simbólica, forjada en las jerarquías de género que todavía garantizan el dominio masculino”, señala incansablemente desde hace años Rita Segato, Doctora en Antropología, teórica y activista feminista.
Cumpliendo 40 Años de Democracia seguimos exigiendo:
- Una sociedad libre de violencias,
- Una sociedad más igualitaria,
- Una sociedad en la que las mujeres e identidades feminizadas seamos respetadas,
- Una Justicia más inclusiva,
- La paridad de género en todos los ámbitos,
- La ampliación de las leyes de cupo,
- Una Corte Suprema integrada en paridad por mujeres,
- La erradicación de estereotipos de género,
- La capacitación en perspectiva de género dentro y fuera del poder judicial,
- La creación de Observatorios con perspectiva de género en todo el país,
- Un mayor reconocimiento a la mujer trabajadora
- La erradicación del abuso, acoso y violencia hacia las mujeres
- Un mundo digital inclusivo con perspectiva de género,
- El cambio tecnológico y la educación para alcanzar la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres,
- La erradicación de prácticas machistas,
- Una vida segura y libre de violencias para las mujeres y las diversidades,
- Concientizar y trabajar para la modificación de la vida cotidiana y que las tareas de cuidado y domésticas sean asumidas en forma conjunta por varones y mujeres,
- Utilizar lenguaje que no reproduzca situaciones discriminatorias o machistas
- La eliminación de los estereotipos de género,
- Un sistema de justicia igualitario,
- Eliminar la discriminación entre hombres y mujeres en todos los órdenes de la vida.